Estaba claro que, en la situación actual, mejor, en la situación preelectoral, era previsible que debían asumirse dos medidas: el levantamiento de la subvención de los combustibles y el endeudamiento externo para la inyección de divisas en dólares. Eso ocurrió precisamente. El modelo económico del Estado Plurinacional de Bolivia orientado por el Art. 306 y siguientes de su Constitución en su parágrafo I) dice: “El modelo económico boliviano es plural y está orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todas las bolivianas y los bolivianos”.
Pero no es una declaración constitucional la que orienta un modelo económico, para el caso uno plural, que en el país no acaba por definirse, a pesar de los intentos de las distinciones dicotómicas entre forma comunidad, forma multitud, por un lado y, forma valor, forma mercancía, entre otras distinciones emergentes de una revisión de El Capital cuya lectura trasnochada enrejada, soslaya el capitalismo de la época del imperialismo.
¿Qué viene? ¿Se apresura una reforma constitucional? En términos de necesidad burguesa, lo último no resulta necesario, porque la aplicación, la interpretación del Derecho o si se quiere el control de constitucionalidad, es un problema de poder. De poder de quien le asiste la facultad de interpretar. Así, el constitucionalismo social emergente en Bolivia después de la Guerra del Chaco; no requirió reforma alguna del contenido constitucional, para llevar adelante el llamado modelo económico neoliberal.
Las propias teorías del constitucionalismo social, del Estado constitucional social de Derecho permitieron que todas las leyes que podrían resumirse bajo los términos de leyes de capitalización fueran en su momento constitucionales, sin necesidad de reforma o reestructuración del Estado a través de su llamada Carta Fundamental. Fue el momento tanto de Víctor Paz Estensoro y su célebre frase: Bolivia se nos muere, como el de Gonzalo Sánchez de Lozada. Entonces el célebre Decreto 21060 fue “constitucional”, prolongando su vigencia durante el modelo económico plural emergente de la actual Constitución, en virtud de cuyas normas y principios nunca fue derogado o abrogado, según se prefiera.

Qué se debe reformar y qué no debe reformarse
Con la derogación del Decreto Supremo N° 748 de 26 de diciembre de 2010 que restableció la continuidad de las subvenciones del Estado de los combustibles no se produjo un proceso de retroceso inflacionario. La medida revocada por Evo Morales, gobernando obedeciendo al pueblo, según dijo, no trajo consigo una regresión del proceso inflacionario. El incremento de los precios de la canasta familiar se mantuvo.
La abrogación formal del Decreto Supremo N°. 5503 de 17 de diciembre de 2025, difiere diametralmente, en términos económicos, del fenómeno anterior. La promulgación del Decreto Supremo N° 5516 de 13 de enero de 2026, no ha producido la percepción de un proceso inflacionario en la población, salvo el doble del pago a la hora de cargar combustible, al margen de cuestionarnos la distinción conceptual para el Derecho entre abrogación y derogación, por cuanto en el segundo decreto se mantiene la eliminación de la subvención de la gasolina y el diesel. El precio del dólar ha bajado y los productos de la canasta familiar mantienen sus precios, salvo pequeñas variaciones.
¿A qué se debe esto? Todo proceso inflacionario recae siempre sobre los hombros del pueblo. ¿Quién pagará el endeudamiento asumido por el régimen de Rodrigo Paz? Por supuesto que será el pueblo, que aún no nota los efectos de la inyección de dólares emergentes del endeudamiento asumido por este gobierno neoliberal.
Ante esto, la lucha de la COB, de los Ponchos Rojos o de quien fuere, no tiene por reivindicación central el levantamiento de la subvención de los combustibles de origen orgánico, que por lo demás en el país se importa.
Entonces, qué es lo que debe reformarse o reestructurarse. El sistema de administración de justicia, sí señor; el sistema de propiedad de la tierra, también señor; la concepción de dominio de los recursos hidrocarburíferos y mineralógicos también. En el último caso en el que bajo el ropaje del sistema cooperativista se cobija una verdadera burguesía explotadora del trabajo.
Lo que no debe reformarse es nuestra fe inquebrantable en las masas que todo lo pueden. Que no permitirán jamás ceder todo lo ganado a través del proceso de democratización creciente del país producto de la lucha de clases, con la dirección de un partido a la altura de las nuevas circunstancias.